A través de una resolución interministerial, el gobierno de la provincia le solicitó a municipios y comunas santafesinas que no utilicen ningún producto químico para controlar la vegetación.
La provincia solicitó a las autoridades de municipios y comunas que no usen productos agroquímicos para el control de vegetación, tanto en espacios urbanos públicos como privados. La notificación se publicó en el Boletín Oficial y fue firmada por los ministerios Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente; de Salud; de Producción, de Trabajo y Seguridad Social; y de Gobierno y Reforma del Estado.
Se indicó que la iniciativa “se corresponde con una de las acciones contempladas en el Proyecto Estratégico de la provincia de Santa Fe dentro del Programa Territorio Integrado-Calidad Ambiental”. Además, para evitar cualquier mala interpretación o decisiones discrecionales de parte de las autoridades locales, la resolución dice que “se debe dar la más amplía acepción al concepto de espacios verdes”.
En tal sentido, “entendiéndose mínimamente comprensivo de: plazas, parques, bordes de caminos, de vías, de canales, cunetas, cementerios, entre otros lugares públicos y ámbito privados en general, tanto residenciales como no residenciales”. Por caso, las zonas con countries, barrios privados, clubes y campings.
Desde el Centro de Protección a la Naturaleza (Cepronat) manifestaron que “ahora hay que observar que las autoridades correspondientes cumplan y hagan cumplir” la disposición. Incluso reclamaron una mayor comunicación de la medida para que todos los gobiernos locales no se desentiendan ni la desoigan.
Entre los fundamentos de la resolución, el gobierno también señaló que el planteo a los pueblos y ciudades es para que promuevan “acciones tendientes a erradicar el uso de agroquímicos como modo de control químico de la vegetación en los espacios verdes urbanos y en su lugar sólo se realice control mecánico de la misma”.
Este comité interministerial, que se creó en 2010, recordó que la Ley Nº 11.273 –de fitosanitarios– tiene como objetivos “la protección de la salud humana, los recursos naturales y de la producción agrícola, a través de la correcta y racional utilizaciones de productos fitosanitarios, como así también evitar la contaminación de los alimentos y del medio ambiente”.
Es así que “la mentada norma establece la prohibición de tenencia y/o aplicación de productos fitosanitarios cuyo uso no esté recomendado por el Instituto Argentino de Sanidad y Calidad Vegetal (IASCAV), o el organismo que lo sustituya, para las especies hortícolas, frutícolas o florales, según corresponda”. No obstante la expresa manda legal, se reconoció que “no se han extremado los recaudos necesarios con miras a controlar y erradicar definitivamente dichas prácticas” y “que ello conlleva diversos impactos adversos para la salud de la población y el medio ambiente”.
Paren de Fumigarnos
El Centro de Protección a la Naturaleza aprovechó la decisión del gobierno de Santa Fe para ratificar la necesidad de modificar la ley de fitosanitarios. Al respecto, se volvió a solicitar que la Legislatura –cualquiera de las dos cámaras– trate el proyecto que presentó esta ONG junto a otros actores de entidades intermedias que pertenecen a la Campaña Paren de Fumigarnos para limitar el uso de agroquímicos.
La primera cuestión que se plantea es prohibir las aplicaciones aéreas de agroquímicos, salvo la realizada con fines sanitarios con el expreso consentimiento de la autoridad sanitaria y medioambiental. A su vez, se individualizan los sectores de protección o “zonas sensibles”: plantas urbanas, establecimientos educacionales rurales, parques industriales, complejos deportivos y recreativos, barrios privados y caseríos, de zonas de interés turístico y áreas naturales protegidas.
El texto –entre otras cosas– plantea limitar “las aplicaciones terrestres de agroquímicos, fijando una distancia de 800 metros de las zonas sensibles”. Por caso, se protege a las escuelas rurales fijando una zona de resguardo libre de agroquímicos de 1.000 metros. Otro de los elementos polémicos en el proyecto de las organizaciones medioambientales es la que prohíbe la aplicación terrestre de productos fitosanitarios de clases toxicológica II (Banda amarilla-Producto Moderadamente Peligroso-Nocivo) dentro de un área de 1.500 metros de las zonas sensibles.
Además, la iniciativa que está presentada en el Senado prohíbe la aplicación terrestre de productos fitosanitarios de clases toxicológicas I a y I b (las más tóxicas) dentro del área de 3.000 metros de las zonas sensibles. Por otra parte, se “crea la receta agronómica confeccionada por Ingeniero Agrónomo por triplicado como requisito para la venta de productos fitosanitarios”.
También, figura la prohibición de la venta y uso libre de todos los productos fitosanitarios aplicados en la actividad agroquímica; se prohíbe el tratamiento mediante productos pesticidas o insecticidas en camiones y/o vagones ferroviarios de cualquier tipo de granos, semillas o subproductos de éstos; prohíbe la venta libre y la utilización de Fosfuro de Aluminio, Fosfuro de Magnesio, Fosfina, Bromuro de Metilo; y prohíbe las aplicaciones de productos agroquímicos en banquinas ubicadas en los ejidos municipales y/o comunales, como así también en las rutas provinciales y rutas nacionales que transiten por la provincia.
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