miércoles, 6 de marzo de 2013


Es oficial el aumento a gendarmes, prefectos y militares





Los decretos con las nuevas escalas salariales fueron publicados ayer en el Boletín Oficial. El lunes el ministro de Defensa, Arturo Puricelli había concretado el anuncio de la suba.

Aquí, el decreto.





El decreto 246 está firmado por la presidenta Cristina Kirchner, el jefe de Gabinete, Juan Manuel Abal Medina, y la ministra de Seguridad, Nilda Garré.





Decreto 246/2013 PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

FUERZAS DE SEGURIDAD

HABER MENSUAL - FIJASE

Publicada en el Boletín Oficial del 05-mar-2013



Resumen:

FIJASE EL HABER MENSUAL PARA EL PERSONAL EN ACTIVIDAD DE LA GENDARMERIA NACIONAL Y DE LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA. DECRETO N° 1.307/2012. MODIFICACION.



Decreto 246/2013

Fíjase el Haber Mensual para el Personal en actividad de la Gendarmería Nacional y de la Prefectura Naval Argentina. Decreto N° 1.307/2012. Modificación.

Bs. As., 28/2/2013

VISTO la Ley de Gendarmería Nacional Nº 19.349 y sus modificatorias, la Ley General de la Prefectura Naval Argentina Nº 18.398 y sus modificatorias, el Decreto Nº 1307 del 31 de julio de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que con el propósito del Gobierno Nacional de reconocer y mantener una adecuada jerarquización en relación con la capacidad, responsabilidad y dedicación que la correcta ejecución de la actividad propia del personal con estado militar de gendarme o policial de las Fuerzas de Seguridad exige, resulta necesario modificar sus condiciones remunerativas.

Que la COMISION TECNICA ASESORA DE POLITICA SALARIAL DEL SECTOR PUBLICO ha tomado la intervención que le corresponde.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE SEGURIDAD ha tomado la intervención que le corresponde.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 19.349 y 18.398 y sus modificatorias y el artículo 99, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1° — Fíjase el haber mensual del personal con estado militar de gendarme en actividad de la GENDARMERIA NACIONAL y con estado policial en actividad de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, en los importes que para los distintos grados se detallan en los Anexos I y II, respectivamente, que forman parte del presente Decreto.

Art. 2° — Sustitúyense las Planillas Anexas al artículo 2° del Decreto Nº 1307/12 por las Planillas Anexas al presente artículo.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente Decreto será atendido con los créditos correspondientes a las jurisdicciones respectivas del presupuesto general de la Administración Pública Nacional.

Art. 4° — Facúltase a la COMISION TECNICA ASESORA DE POLITICA SALARIAL DEL SECTOR PUBLICO a dictar las normas interpretativas, aclaratorias y complementarias que resultaren pertinentes para la aplicación de la presente medida.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Nilda C. Garré.



ANEXO I

HABER MENSUAL DEL PERSONAL CON ESTADO MILITAR DE GENDARME EN ACTIVIDAD DE LA GENDARMERIA NACIONAL


GRADOS

HABER MENSUAL $


COMANDANTE GENERAL

7.003


COMANDANTE MAYOR

6.378


COMANDANTE PRINCIPAL

5.651


COMANDANTE

4.521


SEGUNDO COMANDANTE

3.875


PRIMER ALFEREZ

3.229


ALFEREZ

2.987


SUBALFEREZ

2.906


SUBOFICIAL MAYOR

4.501


SUBOFICIAL PRINCIPAL

4.013


SARGENTO AYUDANTE

3.608


SARGENTO PRIMERO

3.278


SARGENTO

3.121


CABO PRIMERO

2.973


CABO

2.831


GENDARME

2.696


GENDARME II

2.583




ANEXO II

HABER MENSUAL DEL PERSONAL CON ESTADO POLICIAL EN ACTIVIDAD DE




GRADOS

HABER MENSUAL $


PREFECTO GENERAL

7.003


PREFECTO MAYOR

6.378


PREFECTO PRINCIPAL

5.651


PREFECTO

4.521


SUBPREFECTO

3.875


OFICIAL PRINCIPAL

3.229


OFICIAL AUXILIAR

2.987


OFICIAL AYUDANTE

2.906


AYUDANTE MAYOR

4.501


AYUDANTE PRINCIPAL

4.013


AYUDANTE DE PRIMERA

3.608


AYUDANTE DE SEGUNDA

3.278


AYUDANTE DE TERCERA

3.121


CABO PRIMERO

2.973


CABO SEGUNDO

2.831


MARINERO

2.696




Planillas Anexas al artículo 2°

SUPLEMENTO DE RESPONSABILIDAD POR CARGO

a) Es el que tiene derecho a percibir el personal en actividad, destinado en el país, que ha sido designado para cubrir un cargo de la estructura organizativa de la Fuerza, mientras ejerza las funciones correspondientes a dicho cargo.

b) El suplemento será liquidado mensualmente y por el monto en pesos definido para cada grado, correspondiente al efectivo designado en cada cargo, de acuerdo a las siguientes tablas:


Para la GENDARMERIA NACIONAL:


GRADO

MONTO


COMANDANTE GENERAL

13.000


COMANDANTE MAYOR

11.000


COMANDANTE PRINCIPAL

9.400


COMANDANTE

6.900


SEGUNDO COMANDANTE

5.800


PRIMER ALFEREZ

4.800


ALFEREZ

4.400


SUBALFEREZ

4.000


SUBOFICIAL MAYOR

6.500


SUBOFICIAL PRINCIPAL

6.200


SARGENTO AYUDANTE

5.900


SARGENTO PRIMERO

5.800


SARGENTO

5.700



Para la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA




GRADO

MONTO


PREFECTO GENERAL

13.000


PREFECTO MAYOR

11.000


PREFECTO PRINCIPAL

9.400


PREFECTO

6.900


SUBPREFECTO

5.800


OFICIAL PRINCIPAL

4.800


OFICIAL AUXILIAR

4.400


OFICIAL AYUDANTE

4.000


AYUDANTE MAYOR

6.500


AYUDANTE PRINCIPAL

6.200


AYUDANTE DE PRIMERA

5.900


AYUDANTE DE SEGUNDA

5.800


AYUDANTE DE TERCERA

5.700




c) En caso de acumulación de cargos se percibirá un solo suplemento.

d) El Ministro de Seguridad determinará los cargos por los que corresponderá otorgar el citado suplemento, no debiendo superar el personal designado un máximo del TREINTA Y TRES POR CIENTO (33%) de los efectivos de cada Fuerza.

e) Las normas complementarias que dicte el MINISTERIO DE SEGURIDAD establecerán las condiciones específicas para el otorgamiento de este suplemento que no podrá ser generalizado por grados, fijando las circunstancias calificantes del ejercicio de responsabilidades directas en la conducción de cada Fuerza.

f) No tendrán derecho a percibir este suplemento quienes hayan obtenido una calificación inferior a “Apto para Continuar en el Grado”, en el caso de la GENDARMERIA NACIONAL, o inferior a “Normal” en el caso de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, y hasta tanto obtengan una calificación superior; tampoco quienes queden a cargo de una unidad por ausencia temporaria de los titulares.

g) Este suplemento tiene carácter no remunerativo.

h) Este suplemento es incompatible con la liquidación de los suplementos particulares por función intermedia, por cumplimiento de tareas específicas de seguridad y por mayor exigencia del servicio.

SUPLEMENTO POR FUNCION INTERMEDIA

a) Es el que tiene derecho a percibir el personal en actividad, destinado en el país, que ha sido designado para desempeñar una función inherente a la conducción del personal o a la administración de los medios materiales.

b) Facúltase a los titulares de la GENDARMERIA NACIONAL y de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA a determinar las funciones por las cuales corresponderá otorgar el citado suplemento, teniendo en cuenta que la cantidad de personal con derecho a percibirlo no deberá superar un máximo del CINCUENTA POR CIENTO (50%) de los efectivos de cada Fuerza, ni del SETENTA POR CIENTO (70%) de cada grado.

c) Para ser acreedor de este beneficio serán consideradas exclusivamente las designaciones establecidas por los titulares de las Fuerzas, dejando constancia de la función específica que amerita su percepción, de acuerdo con el apartado anterior, y mientras ésta se cumpla efectivamente.

d) El suplemento será liquidado mensualmente y por el monto en pesos correspondiente al grado del efectivo designado para el cumplimiento de la función, de acuerdo a las siguientes tablas:


Para la GENDARMERIA NACIONAL:




GRADO

MONTO


COMANDANTE PRINCIPAL

8.400


COMANDANTE

6.000


SEGUNDO COMANDANTE

5.000


PRIMER ALFEREZ

4.000


ALFEREZ

3.600


SUBALFEREZ

3.100


SUBOFICIAL MAYOR

5.400


SUBOFICIAL PRINCIPAL

5.000


SARGENTO AYUDANTE

3.050


SARGENTO PRIMERO

2.950


SARGENTO

2.850



Para la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA:




GRADO

MONTO


PREFECTO PRINCIPAL

8.400


PREFECTO

6.000


SUBPREFECTO

5.000


OFICIAL PRINCIPAL

4.000


OFICIAL AUXILIAR

3.600


OFICIAL AYUDANTE

3.100


AYUDANTE MAYOR

5.400


AYUDANTE PRINCIPAL

5.000


AYUDANTE DE PRIMERA

3.050


AYUDANTE DE SEGUNDA

2.950


AYUDANTE DE TERCERA

2.850




e) Las normas complementarias que dicte el MINISTERIO DE SEGURIDAD establecerán las condiciones específicas para el otorgamiento de este suplemento mediante la fijación de las circunstancias calificantes del ejercicio de responsabilidades directas en la conducción del personal o en la administración de los medios materiales.

f) No tendrán derecho a percibir este suplemento quienes hayan obtenido una calificación inferior a “Apto para Continuar en el Grado”, en el caso de la GENDARMERIA NACIONAL, o inferior a “Normal”, en el caso de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, y hasta tanto obtengan una calificación superior; tampoco quienes desempeñen una función, determinada por la aplicación de lo previsto en el apartado b), por ausencia temporaria de los designados formalmente.

g) Este suplemento tiene carácter no remunerativo.

h) Este suplemento es incompatible con la liquidación del suplemento de responsabilidad por cargo.

SUPLEMENTO POR CUMPLIMIENTO DE TAREAS ESPECIFICAS DE SEGURIDAD

a) Lo percibirá el personal en razón de la ejecución efectiva de tareas operativas en carácter de subordinado que impliquen una actividad específica relacionada con las funciones críticas de seguridad que al efecto establezca el MINISTERIO DE SEGURIDAD.

b) El suplemento será liquidado mensualmente y por el monto en pesos definido para cada grado, de acuerdo a las siguientes tablas:




GRADOS

MONTO


SARGENTO AYUDANTE

3.100


SARGENTO PRIMERO

3.100


SARGENTO

3.100


CABO PRIMERO

3.100


CABO

3.000


GENDARME

3.000



Para la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA




GRADOS

MONTO


AYUDANTE DE PRIMERA

3.100


AYUDANTE DE SEGUNDA

3.100


AYUDANTE DE TERCERA

3.100


CABO PRIMERO

3.100


CABO SEGUNDO

3.000


MARINERO

3.000


c) Este suplemento es remunerativo.

d) Este suplemento es incompatible con la liquidación del suplemento por mayor exigencia del servicio, y no debe ser otorgado a más del SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) de los efectivos de cada grado.

SUPLEMENTO POR MAYOR EXIGENCIA DEL SERVICIO

a) Lo percibirá el personal de suboficiales, gendarmes y marineros, en actividad, que por su desempeño específico o por razones del servicio, deba extender su jornada laboral asignada en no menos del VEINTE POR CIENTO (20%), durante un período no inferior a la mitad de UN (1) mes.

b) El suplemento será liquidado mensualmente y por el monto en pesos definido para cada grado, de acuerdo a las siguientes tablas:


Para la GENDARMERIA NACIONAL:




GRADOS

MONTO


SARGENTO AYUDANTE

2.900


SARGENTO PRIMERO

2.900


SARGENTO

2.900


CABO PRIMERO

2.900


CABO

2.800


GENDARME

2.800



Para la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA:




GRADOS

MONTO


AYUDANTE DE PRIMERA

2.900


AYUDANTE DE SEGUNDA

2.900


AYUDANTE DE TERCERA

2.900


CABO PRIMERO

2.900


CABO SEGUNDO

2.800


MARINERO

2.800


c) Este suplemento no podrá liquidarse al mismo efectivo durante más de TRES (3) meses consecutivos y SEIS (6) meses por año calendario.

d) Este suplemento es remunerativo.

e) Este suplemento es incompatible con la liquidación del suplemento de responsabilidad por cargo y del suplemento por cumplimiento de tareas específicas de seguridad y no debe ser otorgado a más del TREINTA POR CIENTO (30%) de los efectivos de cada grado.





La policía esclareció varios robos





Personal de Investigaciones de la Unidad Regional IX trasladó a sede policial a un menor de 16 años que surge involucrado en varios ilícitos cometidos.





En una serie de procedimientos efectuados y en poder de distintas personas, la policías logró secuestrar una Play Station, un Joystick marca Sony, dos juegos en su estuche, una bicicleta de color blanco, tipo playera, rodado 26, un taladro eléctrico de color gris, sin marca visible, una caja amarilla conteniendo en su interior seis mechas, una Planchita para cabello de color negra, marca Gamma, dos juegos de sabanas nuevos, un cubre cama, una tarjeta de memoria de 2GB, este reconociendo que había vendido los distintos elementos a personas desconocidas.

Los damnificados resultaron ser Ruth Bordón, Ramón González y Viviana Edit Núñez.

-Ruth Bordón, vecina de Reconquista, manifestó que previo forzar una ventana de su domicilio, ingresaron y le sustrajeron desde su dormitorio un taladro eléctrico color gris, sin marca visible, una caja amarilla, con la inscripción Stahl-Stein-Holz, conteniendo en su interior seis mecha y una plancha para cabello color negra marca Gamma. la mujer no había radicado la denuncia. Caratulándose la Causa robo calificado.

-Ramón González, también vecino de Reconquista manifestó que el lunes 4 dejó estacionada su bicicleta, tipo playera de color blanca, rodado 26, en el Barrio La Flores de esta ciudad, y al salir noto que se la sustrajeron. La causa se caratuló como Hurto calificado.

Por último Viviana Edit Núñez manifestó que le robaron una Play Station; dos juegos de sabanas nuevas, dos cubre camas y una tarjeta de memoria.

El menor de 16 años permanece por disposición del Magistrado Competente, en calidad de Alojado.

La causa es caratulada a prima facie Robo Calificado – Hurto Calificado Y Encubrimiento.




Hoy también están de paro los docentes



Ayer se movilizaron.




Este miércoles continúa el plan de lucha de los docentes de las escuelas públicas y privadas por un mejor salario. Completan así otras 48 horas de huelga, como la semana pasada, ya que consideran insuficiente el 15% de aumento para marzo y 9% para julio más un pago por única vez de $600.- En diálogo con ReconquistaHOY Sonia Alesso dijo que siguen esperando el llamado del gobierno provincial para retomar el diálogo, pero"hasta ahora ninguna novedad". Recordó que con esta nueva huelga de 48 horas están exigiendo "urgente convocatoria a paritarias". En la mañana del martes se movilizaron desde la sede de Amsafé hasta la Regional del Ministerio de Educación donde fueron recibidos por la profesora Andrea Adobato, a quien le entregaron un petitorio. La funcionaria contó que la Ministra le anticipó que terminada esta huelga convocará a retomar el diálogo donde confía surgirá un acuerdo.


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